Situación jurídica del PAI “RABASSA”. Marzo 2008.

Esta es la contestación a un mail que envié a la Plataforma de Iniciativas ciudadanas pidiendo información sobre las modificaciones que supuestamente se van a realizar antes de aprobación definitiva del PAI.
  • Hola Raquel, te escribo en nombre de la Plataforma de Iniciativas Ciudadanas (PIC) en contestación a tu correo sobre el Plan Rabassa. La documentación que estás buscando todavía no es pública, la promotora la presentó hace un mes aproximadamente en el Ayuntamiento de Alicante para cumplir el informe de la Comisión Territorial de Urbanismo de Marzo pasado. Se supone que el Ayuntamiento tiene que aprobar el nuevo texto en un Pleno y remitirlo nuevamente a la Consellería pero todavía no lo ha hecho. En documento adjunto te envío unas notas sobre cómo está la situación. Quedo a tu disposición. Saludos cordiales.
Parte del texto que me adjunta:
NOTA-RESUMEN SOBRE LA SITUACIÓN JURÍDICA DEL PAI “RABASSA”. Marzo 2008.

1. El Pleno del Ayuntamiento del 13.06.06 acordó la resolución de las alegaciones (para "mejorar" el Plan), y aprobación provisional de la documentación corregida y (incluyendo Homologación sectorial, Plan Parcial y Estudio de Impacto Ambiental entre otros documentos), y documentación nueva que no estaba en la primera aprobación provisional (Pleno de 26.04. 2005). A cuenta de esta 2ª aprobación provisional la Plataforma de Iniciativas Ciudadanas hizo un escrito, sobre la aplicación del nuevo reglamento urbanístico, que era una cuestión nueva (el Rgto. se publicó en el DOGV del 23.05.06). Según este escrito, al Programa de Actuación Integrada “Rabasa” le sería de aplicación la Disposición Transitoria 5ª del Decreto 67/2006, de 12 de Mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística (ROGTU), lo que implicaría la convocatoria de un nuevo Concurso, anulando la adjudicación a la empresa del Sr. Ortiz, ajustado a las previsiones de la nueva Ley Urbanística Valenciana. Esta posición de la PIC fue ratificada por el Síndic de Greuges en la Resolución de 09.01.07 sobre el PAI RABASSA (1).

2. Una vez que fue aprobado por este Pleno, el Ayuntamiento remitió la documentación, a la entonces Consellería de Territorio y Vivienda (ahora, medio ambiente, agua, urbanismo y vivienda) para la aprobación definitiva del Plan Parcial (corresponde al Conseller en persona, previo dictamen de la Comisión Territorial de Urbanismo, según el Reglamento de Órganos Urbanísticos de la Generalitat). Al mismo tiempo el Ayuntamiento ha ido solicitando distintos informes preceptivos de las administraciones sectoriales, (siendo negativo el del Agua de la CH del Jucar. Aunque se están produciendo aprobaciones definitivas de Planes sin el Informe de la Confederación Hidrográfica, sustituidos por el de la concesionaria del agua potable, está claro que esto vulnera legislación básica estatal como es el art. 25 de la Ley de Aguas, modificada por Ley 62/2003 y por Ley 11/2005), Mº de Fomento, por la Autovía, Mº. de Defensa por el Cuartel de Rabasa, etc y tambien ha completado el Estudio de Impacto Ambiental, y obtenido la Declaración de Impacto Ambiental favorable. Todos estos informes han señalado algunos aspectos del Plan Parcial que deben ser modificados antes de ser aprobado.

3. Según información de la prensa, tal y como había anunciado previamente el Conseller, la Comisión Territorial de Urbanismo de Alicante aprobó el 28.03.08, con los votos en contra de Medio Ambiente y Fomento, el informe favorable para la aprobación definitiva del Plan Rabasa, en el que se introduce una reducción de 1.497 viviendas sobre las 15.000 previstas en más de 3,5 millones de metros cuadrados. (Nota sobre el nº de viviendas: el nº de viviendas podrá ser superior según la LUV, pero mas pequeñas, en realidad lo que hay es una disminución de edificabilidad). Durante la tramitación administrativa se ha reducido un 11,6% la edificabilidad -condicionante establecido en la Declaración de Impacto Ambiental- para, entre otras cuestiones, excluir del plan las Lagunas de Rabasa, lo que se traducirá en un recorte de unos 500.000 metros cuadrados de la superficie a urbanizar, y la construcción de 1.497 viviendas menos sobre las 15.000 anunciadas en un principio por el empresario Enrique Ortiz cuando el Ayuntamiento de Alicante aprobó el plan el 13 de junio de 2006. De las 13.503 viviendas (o mas) que ahora prevé el Plan Rabasa modificado, 8.047 serán de protección oficial (VPO), un 59,6% de mismas.Tras el dictamen de la Comisión Territorial de Urbanismo, el comienzo de la urbanización está ahora a expensas de la firma del Conseller, para aprobar definitivamente el Plan Parcial, tras recibir y verificar el documento final con las modificaciones que debe aprobar el Ayuntamiento en un nuevo pleno y la confirmación del Ministerio de Fomento de que la promotora asume la construcción de una vía parque y la conexión viaria de la nueva zona urbana con la circunvalación de Alicante. El Ministerio de Fomento tiene tres meses de plazo para contestar y la redacción del documento final con las correcciones corre a cargo de los técnicos municipales.
En cuanto a las Lagunas de Rabasa, la Declaración de Impacto Ambiental exigió que deben respetarse unas distancias mínimas de 100 metros alrededor de cada laguna tanto para la construcción de casas, como de caminos, paseos, farolas o cualquier otra infraestructura, y también que se debieron establecer condicionantes para el emplazamiento de instalaciones ruidosas. Asimismo, los técnicos deberán adoptar las medidas correctoras necesarias para evitar la degradación de la calidad del agua.

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